Asociación Crohn - Colitis Ulcerosa - Uruguay

Aviso Legal

La dirección, edición, organización y redacción de esta WEB es dominio de la Asociación Crohn y Colitis Ulcerosa del Uruguay.

Toda información que la página contenga bajo ningún concepto debe considerarse una sustitución de las consultas o las atenciones médicas profesionales.

Hacemos todo lo posible para proporcionar información sobre las enfermedades inflamatorias y para acercar a través de nuestro foro a todas aquellas personas que tienen estas enfermedades.

No asumimos responsabilidades jurídicas por errores de la índole que sean ni aceptamos responsabilidades por daños resultantes de la información publicada en esta WEB.{jcomments off}

Estatuto ACCU

 

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Comisión Directiva

Comisión directiva 

Presidente: Florencia Piñeiro
Secretaria: Patricia Maidana
Tesorera: Alejandra Yanneo
 
Suplentes de la Comisión Directiva
Presidencia: Milka Pallas
Secretaria: Enrique Greco
Tesorera: Norma Morganti
 
Comisión Fiscal
Presidente: Adriana Banquero
Vocal: Gabriela Blanchet
Vocal: Catalina Paez
 
Suplentes de la Comisión Fiscal
Presidente Suplente: Mary Alvez
Vocal Suplente: Libia Svarkas
Vocal Suplente: María del Lujan Buday

Condiciones para Asociarse

Ingreso de Asociados

Con la sola excepción de los socios honorarios y de los fundadores concurrentes al acto de fundación, para ingresar como asociado se requerirá solicitud escrita presentada a la Comisión Directiva y resolución favorable de la misma.

Condiciones de los asociados

Para ser admitido como socio se requiere: a) Manifestar interés en los fines y acciones de la Asociación; b) Haber participado al menos durante un año en las Actividades de la Institución; c) contar con la recomendación de un asociado respecto de su probidad moral. Tratándose de pacientes con enfermedad de Crohn o Colitis Ulcerosa no será de aplicación lo previsto en los numerales b) y c) de este artículo.

Derechos de los asociados

Los derechos de los asociados serán los siguientes:

1º.) De los socios fundadores y activos: a) ser electores y elegibles; b) integrar la Asamblea General con derecho a voz y voto; c) solicitar la convocatoria de la Asamblea General (Artículo 11, inciso 3o.); d) utilizar los diversos servicios sociales; e) presentar a la Comisión Directiva iniciativas favorables al mejoramiento de la institución en cualquier aspecto.-

2º.) De los Socios honorarios y suscriptores: a) participar en las Asambleas con voz y sin voto; b) utilizar los diversos servicios sociales; c) promover ante la Comisión Directiva iniciativas tendientes al mejoramiento de la Institución.-

3º.) Cuando un socio honorario tenga también la calidad de socio activo o fundador sus derechos serán los establecidos en el apartado 1º. de este artículo. El ejercicio de los derechos consagrados en el presente artículo se regirá por las disposiciones de estos estatutos y por las resoluciones y reglamentos que para los distintos casos y dentro de su competencia dicten la Comisión Directiva o la Asamblea General, como asimismo con sujeción a las leyes y demás normas que fueren aplicables.

Deberes de los Asociados

Son obligaciones de los asociados: a) abonar puntualmente las cuotas ordinarias y las contribuciones extraordinarias que se establezcan; b) acatar las reglamentaciones y resoluciones sociales.

Por mayor información enviar mail a:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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